• Especial immigració

Movilizaciones por l@s inmigrantes
Terror policial en Madrid
Cambios en la ley de extranjería
Disparar a un inmigrante
Proyecto SIVE contra sin papeles

<sumari>

 
Los cambios en la Ley de Extranjería
• La asistencia sanitaria para l@s sin papeles queda restringida a la atención de urgencia y a los menores de edad.

• Quedan prohibidos los derechos de reunión, asociación, participación pública, sindicación o huelga para quienes no tengan papeles.

• Se eleva de dos a cinco años el tiempo de estancia en España que el inmigrante deberá acreditar para obtener un permiso de residencia temporal.

• La denegación de visados sólo tendrá que ser motivada cuando se trate de “visados de residencia para reagrupamiento familiar y para el trabajo por cuenta ajena”.

• El cónyuge reagrupado podrá obtener su propio permiso de residencia, entre otros motivos, cuando “concurran circunstancias de carácter familiar que lo justifiquen” (?).

• Se mantienen los centros de internamiento en las mismas condiciones infrahumanas que antes pero ampliando las causas de internamiento.

• Aumentan las causas de expulsión; la ambigüedad de su planteamiento favorece la arbitrariedad y la injusticia. Serán expulsadas aquellas personas que carezcan de permiso o lo tengan caducado por más de tres meses o que esté trabajando sin autorización. Las personas sin papeles podrán ser expulsadas en 48 horas con un procedimiento que se llamará “preferente” y no podrá volver hasta pasados 10 años. Sólo se evitará esta expulsión por vía preferente si la persona demuestra que lleva un “tiempo razonable”(?) en España, si tiene lo que denominan “arraigo” (?) en el país.

• Un inmigrante que es expulsado por la vía preferente en 48 horas difícilmente podrá ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva.

• Los transportistas estarán obligados a comprobar en origen los documentos de los inmigrantes. Si un extranjero sin visado llega a España para pedir asilo en avión o en barco legal y su petición no es admitida a trámite, la compañía que lo ha traído podrá ser multada con hasta 10 millones de pesetas.

• Se incrementa la precariedad laboral y el trato de las personas como mercancías ya que se mantiene el sistema de contingentes o cupos anuales y se legaliza el traslado temporal de grupos de trabajador@s según las necesidades de los empresarios.

• Sólo tendrán acceso a la justicia de oficio y gratuita los inmigrantes que ya se encuentren en España.

Esta ley potencia y amplía la discrecionalidad del Ministerio del Interior (y de la policía) y por ende su aplicación arbitraria.