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•
Movilizaciones
por l@s inmigrantes
•
Terror
policial en Madrid
•
Cambios
en la ley de extranjería
•
Disparar
a un inmigrante
•
Proyecto
SIVE contra sin papeles
<sumari>
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| Los
cambios en la Ley de Extranjería |
• La asistencia sanitaria para l@s sin papeles queda restringida a
la atención de urgencia y a los menores de edad.
• Quedan prohibidos los derechos de reunión, asociación, participación
pública, sindicación o huelga para quienes no tengan papeles.
• Se eleva de dos a cinco años el tiempo de estancia en España que
el inmigrante deberá acreditar para obtener un permiso de residencia
temporal.
• La denegación de visados sólo tendrá que ser motivada cuando se
trate de “visados de residencia para reagrupamiento familiar y para
el trabajo por cuenta ajena”.
• El cónyuge reagrupado podrá obtener su propio permiso de residencia,
entre otros motivos, cuando “concurran circunstancias de carácter
familiar que lo justifiquen” (?).
• Se mantienen los centros de internamiento en las mismas condiciones
infrahumanas que antes pero ampliando las causas de internamiento.
• Aumentan las causas de expulsión; la ambigüedad de su planteamiento
favorece la arbitrariedad y la injusticia. Serán expulsadas aquellas
personas que carezcan de permiso o lo tengan caducado por más de tres
meses o que esté trabajando sin autorización. Las personas sin papeles
podrán ser expulsadas en 48 horas con un procedimiento que se llamará
“preferente” y no podrá volver hasta pasados 10 años. Sólo se evitará
esta expulsión por vía preferente si la persona demuestra que lleva
un “tiempo razonable”(?) en España, si tiene lo que denominan “arraigo”
(?) en el país.
• Un inmigrante que es expulsado por la vía preferente en 48 horas
difícilmente podrá ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva.
• Los transportistas estarán obligados a comprobar en origen los documentos
de los inmigrantes. Si un extranjero sin visado llega a España para
pedir asilo en avión o en barco legal y su petición no es admitida
a trámite, la compañía que lo ha traído podrá ser multada con hasta
10 millones de pesetas.
• Se incrementa la precariedad laboral y el trato de las personas
como mercancías ya que se mantiene el sistema de contingentes o cupos
anuales y se legaliza el traslado temporal de grupos de trabajador@s
según las necesidades de los empresarios.
• Sólo tendrán acceso a la justicia de oficio y gratuita los inmigrantes
que ya se encuentren en España.
Esta ley potencia y amplía la discrecionalidad del Ministerio del
Interior (y de la policía) y por ende su aplicación arbitraria. |
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